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La corte penal internacional, terrorismo e impunidad
Humberto Manuel Palacios Barrera

Última modificación: 2019-02-11

Resumen


En el presente artículo pretendemos socializar algunos criterios en relación a la Corte Penal Internacional(CPI) y como parte del análisis abordar unas breves referencias de talentosos autores en cuanto acerca de los principios de jurisdicción universal y complementariedad, así mismo estimular a los presentes en el debate acerca de las crecientes y enormes complejidades presentes en su aplicación. Con el total convencimiento de que los aludidos principios son de dominio general. La cuestión es la existencia de sesgos jurídicos y poderosos intereses que impiden su correcta y eficaz aplicación. Final mente examinar la cuestión íntimamente relacionada CPI y Terrorismo y el planteamiento de Impunidad Cero. Desde los días en que se debatía el proyecto de Estatuto de la CPI vigente se percibían entornos políticos conflictivos y contradictorios en los que algunos Estados, desplegaron campañas mediáticas en contra del nacimiento del órgano e incluso se adoptaron políticas encaminadas a ignorar el Estatuto e instaron a sus aliados a formular acuerdos bilaterales para impedir que sometieran a sus militares en misiones fuera de sus fronteras a la jurisdicción de la Corte y por supuesto no suscribieron el Tratado de Roma


Palabras claves


Corte penal internacional; Terrorismo; Impunidad

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